Supremo amplía acceso a la prestación CUME para madres de hijos con autismo

El Tribunal Supremo ha anulado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ha reconocido el derecho a la ayuda económica CUME a una madre que cuida a un menor con autismo. La sentencia se dictó esta semana y obliga a la mutua a pagar la prestación correspondiente.

Detalles de la sentencia y requisitos del beneficio

La Corte ha precisado que el cuidado debe ser "directo, continuo y permanente" y que la reducción de jornada mínima del 50 % confirma que la madre combina trabajo remunerado con la atención al menor. No se trata de una mera servidumbre; el tribunal exige que el cuidado sea esencial para la vida diaria del niño, impidiendo que pueda realizar actividades propias de su edad con autonomía.

"Lo verdaderamente decisivo no es tanto la atención que pueda prestarse fuera del domicilio familiar, sino el hecho de que el menor pueda o no realizar las actividades propias de su edad con la autonomía predicable de la misma", recalcó la sentencia.

La normativa CUME cubre a progenitores, adoptantes o acogedores que reduzcan su jornada al menos un 50 % para atender a hijos con cáncer u otra enfermedad grave. Con esta decisión, el Supremo extiende la definición de enfermedad grave al incluir trastornos como el autismo cuando limitan la autonomía del menor.