Legalidad del uso del ascensor para propietarios morosos

La reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Madrid confirma que la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe a las comunidades restringir el acceso al ascensor a un propietario moroso. *Impedir el ascensor vulnera la habitabilidad. La medida, aunque pretendía presionar al deudor, se considera desproporcionada y vulnera la habitabilidad del inmueble.

El ascensor se clasifica como elemento común esencial, por lo que su uso está ligado al derecho de propiedad y no puede ser condicionado al pago puntual de cuotas.

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a todos los propietarios al pago de sus cuotas, pero no autoriza la privación de servicios esenciales. El artículo 396 del Código Civil incluye los ascensores entre los elementos comunes, garantizando su acceso a todos los propietarios.

La jurisprudencia señala que las sanciones contra la morosidad deben ser razonables y no afectar la habitabilidad. Limitar instalaciones no esenciales, como una piscina o gimnasio, es admisible bajo ciertos requisitos; sin embargo, impedir el ascensor supera el límite de la proporcionalidad.

Qué pueden hacer las comunidades frente a la morosidad

Las comunidades disponen de varias vías legales para cobrar deudas: la reclamación amistosa mediante notificación escrita, la aplicación de intereses moratorios previstos en los estatutos, y la interposición de demanda judicial para el embargo de bienes o la ejecución de la cuota pendiente.

Además, pueden solicitar al juzgado la imposición de una medida cautelar que limite el uso de zonas comunes no esenciales mientras se resuelve el conflicto. En ningún caso pueden desactivar el ascensor ni cambiar sus llaves, ya que ello constituiría una medida desproporcionada.

Para evitar conflictos, es recomendable que la comunidad establezca previamente en sus normas internas un protocolo de actuación que incluya plazos de pago, notificaciones y la posibilidad de acudir a la vía judicial. El reclamo de deudas en comunidades de propietarios ofrece una guía práctica para estos casos.

Con la sentencia, los propietarios morosos conservan su derecho al ascensor y las comunidades deberán enfocarse en mecanismos de cobro que respeten la legalidad. El riesgo de sanciones ilegales puede derivar en reclamaciones contra la propia junta, aumentando los costes y la tensión vecinal.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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