El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente la Ley 2/2026, de 6 de marzo, que modifica el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y crea una nueva tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto. Esta normativa entrará en vigor a partir de este miércoles, 1 de abril.

La nueva ley se divide en dos partes fundamentales. Por un lado, se modifica la Ley 5/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, que regula los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de dióxido de carbono.

Por otro lado, se modifica el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya. Estas modificaciones tienen como objetivo principal redistribuir los ingresos derivados del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Anteriormente, el 100% de estos ingresos se destinaban al Fons per al Foment del Turisme. Sin embargo, con la nueva ley, el 25% se destinará a políticas de la Generalitat de Catalunya en materia de vivienda, mientras que el 75% restante se destinará al Fons per al Foment del Turisme.

De este 75% de ingresos que se destinan al Fons per al Foment del Turisme, el 50% se distribuirá entre los municipios donde se encuentran los alojamientos y equipamientos turísticos. En el caso del territorio de Arán, este 50% se destinará al Conselh Generau d'Aran. El resto de los ingresos del fondo se destinará a los órganos o entes de la Generalitat competentes en materia de turismo.