Los tribunales están revisando casos en los que empleados reciben paquetes en su puesto de trabajo sin que exista una prohibición expresa. La cuestión central es si la empresa puede despedir al trabajador por esa práctica habitual.

Cómo la normativa interna y la tolerancia empresarial influyen en la sanción

El Estatuto de los Trabajadores establece que las sanciones graves deben basarse en normas internas redactadas y comunicadas por escrito. Sin una regla que prohíba recibir envíos, la empresa carece de base legal para aplicar una medida disciplinaria.

Según el abogado laboralista Juanma Lorente, "si la empresa no tiene en su decálogo de normas que poner de dirección de recogida sus oficinas está prohibido, teóricamente no te puede decir nada".

La tolerancia prolongada también pesa. Cuando la empresa permite la práctica durante años sin advertencias, la jurisprudencia interpreta que el comportamiento está aceptado y no puede ser sancionado retroactivamente.

Esta lógica se refleja en otras áreas del derecho laboral, como el descanso de 15 minutos en la jornada, donde la falta de norma escrita impide sanciones arbitrarias.