
Despido por falta de higiene: el Tribunal Supremo confirma que no procede indemnización
El Tribunal Supremo ha ratificado que un despido disciplinario por falta de higiene no genera indemnización, siempre que se cumpla el procedimiento legal.
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El Tribunal Supremo ha ratificado que un despido disciplinario por falta de higiene no genera indemnización, siempre que se cumpla el procedimiento legal.

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha declarado improcedente el despido de un trabajador que utilizó el móvil de la compañía para llamar a su familia, ordenando una indemnización cercana a los 7.300 € y el pago de 800 € en costas.

El Tribunal Supremo ha confirmado que un despido disciplinario por falta de higiene personal es procedente y no genera derecho a indemnización, sentando un precedente para la convivencia laboral.

Un juez del TSJRM ha declarado improcedente el despido de un empleado sancionado por usar el teléfono de la empresa, ordenando su readmisión o una indemnización de 7.300 €. La decisión subraya la necesidad de pruebas concretas para justificar una medida disciplinaria.

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha declarado improcedente el despido de un trabajador amonestado por usar el teléfono de la empresa, obligando al empleador a readmitirlo o a pagar una indemnización de 7.300 €.

Un trabajador que usa la oficina para recibir envíos personales puede ser despedido solo si la empresa tiene una norma escrita que lo prohíba; de lo contrario, la sanción no procede.

Un camarero fijo discontinuo de Calvià demanda a su empresa por despido improcedente después de no ser llamado al inicio de la temporada. Reclama indemnización y salarios adeudados.