Aida Casanova aclara la diferencia entre permisos de maternidad/paternidad y permiso parental de 8 semanas

Aida Casanova, abogada experta en derecho de familia, ha desmitificado las dudas que rodean a los dos instrumentos de conciliación familiar que entran en vigor este año. En una entrevista concedida el 23 de abril de 2026, la letrada explicó que las 2‑4 semanas extra de permiso y el permiso parental de 8 semanas no son equivalentes y que cada una responde a requisitos diferentes.

Detalles clave de los permisos: remuneración, requisitos y recomendación de uso

Las semanas extra son una ampliación remunerada del permiso de maternidad o paternidad. Se conceden 2 semanas a los padres y 4 semanas a familias monoparentales, siempre que el niño haya nacido después del 2 de agosto de 2024. Este beneficio también está disponible para autónomos, que pueden solicitarlo bajo las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena, al igual que otras ayudas dirigidas a este colectivo, como la de contratar empleadas del hogar en Madrid.

El permiso parental de 8 semanas es, por el contrario, una excedencia no remunerada que pueden solicitar tanto empleados como funcionarios con hijos menores de ocho años. No se paga, pero sí es acumulable con las semanas extra; ejercer una no elimina la posibilidad de ejercer la otra.

Casanova aconseja reservar el permiso parental para cuando el menor cumpla 3 años. "Es mejor no gastar el permiso parental de 8 semanas antes de que tu peque cumpla los 3 años", señaló, argumentando que a partir de esa edad desaparecen las posibilidades de solicitar una excedencia por guarda legal para imprevistos de conciliación. La abogada añadió que, aunque ya existen sentencias que reconocen el pago de este permiso, la vía más segura sigue siendo solicitar la excedencia y guardarla para el futuro, tal como se ha hecho en casos recientes de jurisprudencia sobre excedencias por guarda legal.

Qué implica para los padres

  • Remuneración: las semanas extra sí están pagadas; el permiso parental no lo está.
  • Requisitos de nacimiento: solo los niños nacidos después del 2 de agosto de 2024 pueden beneficiarse de las semanas extra.
  • Ámbito de aplicación: autónomos y empleados por cuenta ajena pueden acceder a ambas medidas.
  • Acumulación: los dos permisos pueden combinarse sin que uno anule al otro.
  • Momento de uso: se recomienda emplear el permiso parental después de los 3 años del menor para maximizar la flexibilidad familiar.

Cierre

Con la clarificación de Aida Casanova, los padres podrán planificar mejor sus períodos de ausencia laboral, aprovechando al máximo tanto la remuneración de las semanas extra como la flexibilidad que brinda el permiso parental de 8 semanas. La correcta aplicación de ambas medidas podría traducirse en una mayor conciliación entre vida laboral y familiar, un objetivo que sigue siendo prioritario en la agenda social española.

Jesus Gil Moreno
Jesus Gil Moreno

Redactor científico

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