Detalles del fallo y fundamentos legales
El 5.º Circuito de EE.UU., con sede en Nueva Orleans, emitió una orden que obliga a que la mifepristona se entregue exclusivamente de forma presencial en centros médicos, prohibiendo su envío por correo.
El fallo, dictado el 30 de abril de 2024, surge de una demanda presentada por el estado de Luisiana contra la práctica de telemedicina que permite a médicos recetar el medicamento a distancia.
El tribunal sostuvo que la autorización de la FDA para el aborto medicinal entra en conflicto directo con la ley estatal, que define al feto como persona legal desde la concepción, y que la normativa federal no puede anular esa prohibición.
Con base en esa colisión, el panel anuló la posibilidad de que farmacias envíen la píldora por correo y exigió que cualquier prescripción se cumpla en una clínica certificada.
La decisión se apoya en la interpretación de que la distribución a distancia vulnera la política de Luisiana de proteger la vida del no nacido.
Contexto tras la revocación de Roe v. Wade
Desde que la Corte Suprema anuló Roe v. Wade en 2022, la telemedicina se ha convertido en una vía crucial para que mujeres en estados restrictivos accedan al aborto, especialmente a través del envío postal de mifepristona.





