20 horas libres pagadas para empleados con al menos un año de antigüedad
El artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que todo trabajador que cumpla un año de servicio tiene derecho a 20 horas libres pagadas anuales para formación profesional vinculada a la actividad de la empresa. Este permiso se paga como si el trabajador estuviera trabajando, sin reducción de salario.
Condiciones y acumulación del permiso de formación
Las horas deben destinarse a cursos o actividades que aporten competencias relacionadas con el puesto. El derecho es acumulable hasta cinco años, alcanzando un máximo de 100 horas. Por ejemplo, un empleado con cuatro años sin haber usado el permiso ya podría solicitar 80 horas de formación.
El Estatuto permite que el trabajador acumule las horas siempre que la empresa no haya ofrecido una formación equivalente. Si la compañía ya ha impartido, por ejemplo, 10 horas de Excel y 10 de Canva, el derecho se considera satisfecho para ese año.
Procedimiento de solicitud y limitaciones prácticas
La solicitud se realiza directamente ante la empresa, habitualmente a través del departamento de Recursos Humanos o del responsable de formación. Cuando no exista un proceso formal, se recomienda presentar la petición por escrito, detallando el curso, las fechas y la relación con el puesto.





