Decisión del Tribunal Supremo
El viernes el pleno de la Sala de lo Contencioso‑Administrativo dictó sentencia que rechaza la petición de suspensión del decreto de regularización extraordinaria. La medida, aprobada en abril, sigue en vigor y permite regularizar a los migrantes que cumplan los requisitos establecidos. No se ordena ninguna medida cautelar ni se revierte la normativa vigente.
Argumentos de los recurrentes
Vox y la Comunidad de Madrid alegaron que la aplicación inmediata del decreto provocaría un colapso sanitario y un aumento desmesurado del gasto social. Además, sostuvieron que, de anularse la norma en el futuro, sería imposible revertir los derechos ya concedidos. Presentaron también supuestos efectos sobre el censo electoral y la distribución de ayudas públicas.
Legitimación de los recurrentes
El Tribunal determinó que asociaciones como HazteOir, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica y Libertad y Justicia no están legitimadas para interponer recurso. En cambio, Vox y la Comunidad de Madrid sí podían hacerlo, aunque sus pretensiones fueron desestimadas por falta de fundamento legal.
Desmentidos de los bulos
La Abogacía del Estado, junto a organizaciones como la Asociación Pro Derechos Humanos, refutaron los rumores de un colapso sanitario, señalando que los servicios de salud disponen de recursos suficientes. Asimismo, se aclaró que la regularización no genera nuevas ayudas inmediatas ni modifica el padrón electoral, por lo que no afecta al proceso de votación.





