Hacienda permite aplazar el pago de la Renta 2025‑2026
La Agencia Tributaria ha anunciado que, a partir de hoy, los contribuyentes que tengan que ingresar la declaración del IRPF pueden solicitar el aplazamiento o el fraccionamiento de la deuda. La medida, prevista en el artículo 65.1 de la Ley General Tributaria, está dirigida a quienes atraviesen dificultades transitorias de liquidez.
Esta opción se abre tanto durante la presentación de la declaración como después, a través de la sede electrónica. No se trata de una novedad legislativa, sino de un mecanismo ya regulado que la propia Hacienda vuelve a poner de relieve en la campaña de la Renta 2025‑2026.
Cómo funciona el fraccionamiento y el aplazamiento extraordinario
El fraccionamiento estándar consiste en pagar el 60 % del importe a ingresar al presentar la declaración y el 40 % restante en noviembre, sin que se generen intereses. Esta fórmula es automática y puede solicitarla cualquier contribuyente cuyo resultado sea a pagar.
El aplazamiento extraordinario permite diseñar un calendario de pagos a medida. A diferencia del fraccionamiento habitual, este esquema genera intereses de demora y está sujeto a requisitos como la capacidad de pago y, en algunos casos, la presentación de avales. La Agencia evalúa cada solicitud y puede requerir documentación adicional.





