Obligatorio manual de funcionamiento de ascensores a partir del 1‑jul‑2026

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado que, desde el 1‑jul‑2026, será obligatorio que cada comunidad de propietarios disponga de un manual de funcionamiento para sus ascensores. La medida se recoge en el Real Decreto 355/2024, que entró en vigor el 1‑jul‑2024.

El manual debe contener instrucciones claras sobre el uso seguro del ascensor y será elaborado por la empresa instaladora, que entregará una copia al titular del ascensor para su conservación.

Requisitos y plazos de la nueva normativa de ascensores

El Real Decreto 355/2024 estableció, en su fase inicial, la obligación de contar con un plan de mantenimiento desde el 1‑jul‑2025. Ese plan obliga a programar revisiones periódicas y a ejecutar las adaptaciones indicadas en cada inspección.

A partir del 1‑jul‑2026, la normativa añade la entrega del manual de funcionamiento. La empresa responsable debe elaborar el documento y entregarlo al titular del ascensor, que deberá guardarlo en la documentación del edificio.

Esta doble exigencia —plan de mantenimiento y manual— pretende crear un registro continuo de la seguridad y el estado de los equipos.

Por qué es crucial la medida en España