Sentencia pionera permite a trabajadora cobrar pensión completa pese a jornada reducida

El Juzgado de Primera Instancia de Barcelona ha dictado una sentencia que obliga al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a calcular la pensión de incapacidad permanente de una cajera de supermercado como si siguiera trabajando a jornada completa. La decisión eleva la pensión anual de 8.341 € a 16.236 €, casi el doble, y elimina la reducción basada en su jornada parcial.

El magistrado basó su fallo en la obligación de aplicar la perspectiva de género y evitar la discriminación indirecta. Señaló que la normativa del INSS permite una "ficción" jurídica que computa cotizaciones al 100 % durante los primeros años de reducción de jornada, pero el accidente ocurrió fuera de ese período. "No se puede penalizar a quien cuida de sus hijos más allá del plazo legal, sobre todo cuando la mayoría son mujeres", afirmó el juez.

El tribunal también consideró los datos estadísticos que muestran que el 90,15 % de las solicitudes de reducción de jornada por cuidado de hijos son realizadas por mujeres, y que el 77,17 % de las pensiones de incapacidad en estas circunstancias afectan a mujeres. Ante esa evidencia, el juez concluyó que la norma, aunque formalmente neutra, produce un efecto discriminatorio.

Implicaciones para la igualdad de género y futuros casos

Esta sentencia sienta un precedente que podría obligar a otras administraciones a revisar el cálculo de pensiones de madres con jornada reducida. La decisión refuerza la protección de la conciliación familiar y podría impulsar reformas legislativas para ampliar la "ficción" jurídica más allá de los primeros años.

Los abogados del colectivo sindical Col·lectiu Ronda han señalado que el caso abre la puerta a demandas similares en toda España. Asimismo, el fallo podría influir en la interpretación de otras normas laborales, como el Artículo 41, que regula la flexibilidad horaria.

Qué puede pasar a continuación

El INSS deberá ajustar la cuantía de la pensión y revisar casos similares que estén pendientes. Otros tribunales podrían seguir la misma lógica, lo que implicaría un aumento de los costes para la Seguridad Social, pero también una mayor equidad en el tratamiento de trabajadores y trabajadoras que reducen su jornada por cuidado familiar.

En el futuro, la jurisprudencia podría presionar al Gobierno para que modifique la normativa y amplíe la protección de la jornada reducida, evitando la necesidad de recurrir a la vía judicial. Mientras tanto, la sentencia envía una señal clara: la igualdad de género pasará ahora por la interpretación activa de la ley, no solo por su redacción formal.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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