Jubilados pueden reclamar hasta 1.800 € por el complemento de maternidad
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que permite a los pensionistas que tuvieron que acudir a la vía judicial para obtener el complemento de maternidad solicitar una indemnización de hasta 1.800 €. La decisión se aplica a los casos en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) negó inicialmente el derecho y el beneficiario logró su reconocimiento tras un proceso judicial.
Esta resolución se basa en la jurisprudencia europea que consideró discriminatorio el criterio de 2015 que reservaba el complemento solo a mujeres con dos o más hijos. La sentencia obliga a la Administración a reparar el perjuicio económico causado por la denegación y el posterior litigio.
Cómo funciona la indemnización y quiénes pueden solicitarla
Para iniciar la reclamación, el pensionista debe presentar una solicitud escrita ante la Seguridad Social, acompañada de la sentencia judicial que reconoció su derecho y la documentación que acredite los gastos y perjuicios derivados del proceso. La cuantía exacta se calcula atendiendo a la fecha de jubilación, el tiempo que duró el procedimiento administrativo o judicial y el daño económico demostrado.
Solo pueden solicitar la compensación aquellos que hayan obtenido el reconocimiento del complemento mediante sentencia o resolución firme del INSS después de haberlo reclamado. No basta con haber tenido hijos o haber sido pensionista; es necesario haber sufrido la denegación y haber litigado para revertirla.





