Herencia: Hacienda sanciona si no se paga en los 6 meses obligatorios

David Jiménez, abogado especializado en sucesiones, recuerda que la normativa exige el pago del impuesto de sucesiones dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento. Si el plazo se supera, la Agencia Tributaria impone sanciones y recargos que pueden elevar la deuda considerablemente.

«Mi padre falleció hace 8 meses y no hemos hecho nada de la herencia», ejemplifica Jiménez, subrayando que la falta de acción no exime de la obligación fiscal.

Cómo solicitar la prórroga y evitar recargos

Los herederos pueden pedir una ampliación del plazo antes de que venza el quinto mes. La solicitud, que debe presentarse en la oficina de Hacienda o a través de la sede electrónica, extiende el plazo a 12 meses desde el fallecimiento. Durante este tiempo, la administración cobra intereses de demora, pero evita la sanción por incumplimiento.

Para tramitar la prórroga, es necesario aportar la documentación que justifique la necesidad de más tiempo: inventario de bienes, tasaciones y cualquier impedimento que retrase la liquidación. La resolución suele llegar en pocos días, y una vez concedida, el plazo se cuenta a partir de la fecha de notificación.

Si la prórroga se solicita fuera del plazo de cinco meses, la autoridad fiscal aplicará un recargo sobre el impuesto pendiente, además de los intereses acumulados. En estos casos, la carga económica puede superar el 20 % del importe original.