Compra sin mediación inmobiliaria: ¿puede la agencia reclamar comisión?

Un comprador que, tras visitar varias propiedades con una inmobiliaria, decide prescindir de su intermediación y adquirir la vivienda directamente, puede ser objeto de una reclamación de honorarios por parte de la agencia. La cuestión se plantea cada vez más en el mercado, donde la rapidez de los acuerdos lleva a algunos compradores a intentar eludir la comisión.

Cómo y por qué la inmobiliaria puede exigir el pago

La agencia solo necesita demostrar que el comprador conoció el inmueble a través de su gestión. La prueba suele basarse en los partes de visita, correos electrónicos o cualquier documento que acredite que la inmobiliaria fue la fuente de información. Si la prueba es suficiente, la comisión se equipara al importe pactado en el contrato de encargo, tanto si el encargo era exclusivo como si no lo era. En la práctica, la mayoría de los contratos fijan la comisión entre el 3 % y el 5 % del precio de venta.

El nexo causal es esencial: la inmobiliaria debe probar que su intervención fue determinante para que se cerrara el contrato de compraventa. Si el comprador había visto la vivienda antes de contactar a la agencia, la reclamación pierde fuerza. Sin embargo, cuando la primera visita y la información detallada provienen de la inmobiliaria, la agencia tiene derecho a percibir sus honorarios, aunque el comprador intente eludir el pago.