El Gobierno ha confirmado que el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores otorga a los empleados el derecho a solicitar cambios de horario o teletrabajo cuando deben atender a hijos menores de 12 años o a familiares dependientes. La medida, vigente desde la última reforma laboral, busca conciliar la vida familiar y la actividad profesional sin que el trabajador pierda ingresos.

jornada adaptada: derecho a solicitar teletrabajo

El derecho se aplica a cualquier contrato bajo la normativa general, tanto en el sector privado como en la administración pública. La solicitud debe dirigirse al empleador y estar motivada por la necesidad de cuidar a menores o dependientes, sin que el trabajador tenga que demostrar incapacidad para cumplir con sus funciones.

Procedimiento y garantías de la jornada adaptada

La petición debe presentarse por escrito y describir brevemente la situación familiar que justifica la adaptación. A partir de la recepción, el empresario dispone de 30 días para responder. Puede aceptar la solicitud, proponer una alternativa razonable o rechazarla, pero en este último caso debe aportar razones técnicas u organizativas que impidan el teletrabajo.

Si la empresa acepta, el trabajador conserva su salario íntegro y la jornada se ajusta a las necesidades familiares. En caso de rechazo injustificado, el empleado tiene 20 días hábiles para interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social, donde la jurisprudencia reciente suele proteger el derecho cuando se acredita la necesidad familiar.

Posibles evoluciones tras la solicitud

Cuando el conflicto llega a los tribunales, los jueces analizan si la negativa del empleador vulnera el principio de conciliación recogido en la normativa. La jurisprudencia reciente muestra una tendencia a favorecer al trabajador siempre que la empresa no demuestre una imposibilidad real de reorganizar la actividad.

Si el tribunal falla a favor del empleado, la empresa debe adaptar la jornada o, en su caso, indemnizar al trabajador por el incumplimiento del derecho. Además, la sentencia puede sentar un precedente que obligue a otras compañías a revisar sus políticas internas de teletrabajo.

Esta normativa cobra especial relevancia en fechas como el Día del Trabajador 2024: origen histórico y reconocimiento global, cuando se reafirman los derechos laborales y la necesidad de adaptarlos a la realidad familiar de los ciudadanos.

Para los empleadores, la medida implica revisar los convenios internos y garantizar que los responsables de recursos humanos conozcan los plazos y requisitos. La falta de cumplimiento puede derivar en sanciones y en la obligación de pagar los salarios dejados de percibir durante el periodo de disputa.

Los sindicatos, por su parte, han anunciado que vigilarán la correcta aplicación del artículo 34.8 y ofrecerán asesoramiento a los trabajadores que consideren ejercer este derecho. La UGT, por ejemplo, ha subrayado la importancia de que las empresas no utilicen excusas técnicas para eludir la obligación legal.

En conclusión, la jornada adaptada se presenta como una herramienta eficaz para equilibrar las demandas del hogar y del empleo. Su correcta aplicación beneficia tanto a la productividad empresarial como al bienestar de las familias, y su vigencia está respaldada por una legislación clara y por la jurisprudencia que la protege.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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