Descanso de 15 minutos en jornadas de más de seis horas

El Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando la jornada diaria continuada supera las 6 h, el trabajador tiene derecho a un descanso de al menos 15 min dentro del mismo día. Esta pausa busca reducir la fatiga y permitir que el empleado continúe su labor en mejores condiciones.

Cómo se determina si la pausa del café es tiempo trabajado o descontable

La norma no decide por sí misma si esos minutos cuentan como tiempo efectivo. Es el convenio colectivo o, en su defecto, el contrato de trabajo quien define si la pausa se paga o se descuenta. Cuando el convenio la considera tiempo trabajado, la empresa no puede exigir su recuperación; si la excluye, esos minutos pueden restarse del cómputo diario.

Límite máximo de la jornada ordinaria

Con carácter general, la jornada ordinaria no puede superar las 9 h diarias. Sólo se permite una extensión superior si existe un acuerdo colectivo que lo justifique. Además, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deben transcurrir al menos 12 h de descanso, garantizando la recuperación del trabajador.